Denegación de Pensión No Contributiva a Personas con Discapacidad

Sobre la Denegación de la Pensión No Contributiva (CUD)

Si la Agencia Nacional de Discapacidad te niega la pensión por no cumplir con alguno de los requisitos que fueron declarados inconstitucionales por la Justicia, podés interponer una acción de amparo.

En caso de requerir la pensión en forma urgente, es conveniente incluir en el amparo una solicitud de medida cautelar.

¿Por qué motivos podrían rechazar la pensión?

Por patrimonio del titular de la pensión:

La persona que percibe la pensión posee otros bienes o ingresos que permiten su subsistencia. Esto surge del inciso h del artículo 1 del Anexo 1 del decreto 432/97.

Por no acreditar la incapacidad reglamentaria:

Existe una disminución en la capacidad laborativa menor al 76%. Esto surge del inciso b del artículo 1 del anexo I del decreto 432/97.

Por percepción de otro beneficio:

El/la titular de la pensión está amparado/a por un régimen de previsión, retiro o prestación no contributiva. Esto surge del inciso f del artículo 1 del Anexo I del decreto 432/97.

Por cónyuge con beneficio:

El/la cónyuge de la persona beneficiaria está amparado/a por un régimen de previsión, retiro o prestación no contributiva. Esto surge del inciso f del artículo 1 del Anexo I del decreto 432/97.

Por amparo familiar:

El/la beneficiario/a de la pensión tiene un familiar en condiciones de asistirlo/a. Esto surge del inciso g del artículo 1 del Anexo I del decreto 432/97.

Por ser extranjero/a y no acreditar una residencia mínima continuada en el país de 20 años:

Esto surge del inciso e del artículo 1 del Anexo I del decreto 432/97.

El acceso a la pensión no contributiva es un derecho y va mucho más allá de la incapacidad laboral.

Tenes que saber que frente a un rechazo por todos estos supuestos, acreditando la discapacidad con tu CUD (Certificado Único de Dispacacidad) podés reclamar la pensión a través de un amparo.


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