Inscripción de Divorcio

Sobre la Inscripción de Divorcio

Si te divorciaste en otra provincia y tu matrimonio está registrado en la Provincia de Buenos Aires, debés inscribir el divorcio en el Registro de las Personas de la Provincia de Buenos Aires.

Aunque la sentencia de divorcio fue dictada en otra provincia, el matrimonio sigue figurando en los registros de Buenos Aires como válido. La inscripción es necesaria para que conste la disolución del vínculo. Para realizar este trámite, es necesario el patrocinio de un abogado.

Requisitos:

Sentencia de Divorcio:

La sentencia de divorcio es el documento judicial que declara disuelto el vínculo matrimonial. Debe haber sido dictada por un juez de la provincia donde se llevó a cabo el proceso de divorcio.

Testimonio de Sentencia:

El testimonio de la sentencia es una copia certificada expedida por el juzgado que emitió el fallo. Debe estar firmada por el juez y el secretario del tribunal, garantizando su autenticidad.

Para que tenga validez en la Provincia de Buenos Aires, debe contar con la legalización correspondiente

Autorización a Inscribir:

Si la sentencia de divorcio no ordena expresamente la inscripción en el Registro de las Personas de la Provincia de Buenos Aires, será necesario solicitar una autorización judicial que permita llevar a cabo la inscripción. Este trámite suele realizarse a través de un pedido al juzgado que dictó el divorcio. 

Oficio de Inscripción

El oficio judicial de inscripción es el documento dirigido al Registro de las Personas en el que el tribunal ordena que se inscriba el divorcio en los registros civiles correspondientes. Este oficio debe contener:

  1. Datos completos de los ex cónyuges.

  2. Fecha y número de la sentencia.

  3. Tribunal que la dictó.

  4. Datos del matrimonio (lugar y fecha en que se celebró).

  5. Expresión clara de la orden de inscripción.

Para llevar adelante este trámite, es necesario contar con un abogado.


¿NECESITA ASESORAMIENTO?